Pocas noticias dan tanta alegría en un despacho que trabaja extranjería como esta: la culminación de todo el camino. Hoy celebramos que uno de nuestros clientes ha visto reconocida la nacionalidad española.
Fecha de solicitud: 30/12/2025
Fecha de resolución: 28/07/2026
La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes) ha resuelto conceder la nacionalidad española por razón de residencia a nuestro cliente, previa propuesta de la Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil, al quedar acreditado el cumplimiento de todos los requisitos legales exigidos.
Eso sí: la concesión todavía no despliega todos sus efectos. En el plazo de 180 días desde la notificación, el interesado debe comparecer ante el Registro Civil para realizar el juramento o promesa de fidelidad al Rey y de obediencia a la Constitución y a las Leyes (artículo 23 del Código Civil), renunciar a su nacionalidad anterior cuando proceda y solicitar la inscripción correspondiente. Si estos trámites no se cumplen en plazo, la concesión caduca, por lo que el acompañamiento no termina con la resolución.
¿En qué consiste la nacionalidad por residencia?
Es la vía más habitual de acceso a la nacionalidad española. Exige haber residido en España de forma legal y continuada durante los plazos que marca el Código Civil —10 años con carácter general, reducidos a 2 años para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, y a 1 año en determinados supuestos, como el matrimonio con ciudadano español—, además de acreditar buena conducta cívica y un suficiente grado de integración, que se demuestra mediante el examen CCSE del Instituto Cervantes y, para quienes no proceden de países hispanohablantes, el diploma DELE.
¿Y qué supone obtener la nacionalidad española?
- El fin del régimen de extranjería: se acabaron las renovaciones de autorizaciones y tarjetas.
- Plenitud de derechos, incluidos los políticos, como el derecho de voto.
- Pasaporte español y ciudadanía de la Unión Europea, con libertad de circulación y residencia en toda la UE.
- En muchos casos —entre ellos, los nacionales de países iberoamericanos— no es necesario renunciar a la nacionalidad de origen.
Los expedientes de nacionalidad exigen paciencia y una preparación cuidadosa: documentación completa y actualizada, exámenes superados y un seguimiento constante hasta la resolución… y también después de ella, porque la jura y la inscripción en el Registro Civil tienen plazo. En Franco & Romero Abogados acompañamos a nuestros clientes durante todo el proceso, de principio a fin.
Si estás pensando en solicitar la nacionalidad española o tu expediente lleva tiempo sin avanzar, podemos ayudarte.
Puedes consultar la resolución completa aquí .