La conducción bajo los efectos del alcohol se ha convertido en uno de los delitos más frecuentes en nuestros Juzgados.

Contar con una defensa jurídica solvente facilita al acusado poder obtener las mejores condiciones y la rebaja de la pena que se pudiera imponer por el delito de alcoholemia.

Basta con 0,60 mg/l de alcohol en aire expirado para que la conducción sea constitutiva de un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcoholícas recogido en el artículo 379.2 del Código Penal.

En todos estos casos tendrá una importancia decisiva la prueba de alcoholemia.

La conducción bajo los efectos del alcohol es un delito, genera antecedentes penales, acuda a Abogados especialistas en procesos de alcoholemias, obtendrá la mejor defensa.

Si ha dado positivo en un control de alcoholemia, nosotros le defendemos. Si tiene un juicio Rápido llámenos al 620 44 01 50, le atenderemos e iremos al juicio con usted.

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