Entre la noche del 12 y la madrugada del 13 de febrero de 2026, una mujer llamó al hijo que tenía en común con su exmarido para anunciarle que iba a entrar a la fuerza en la que había sido la vivienda familiar, en Vigo. Minutos después, él —a quien en ese momento correspondía el uso de la casa, porque el convenio de divorcio lo repartía por semestres— oyó cómo alguien manipulaba el cerrojo y vio desde la ventana cómo ella arremetía contra una lámpara de jardín, una silla de exterior, la puerta y las contraventanas de una ventana. La Sentencia 203/2026, de 9 de septiembre, del Tribunal de Instancia de Vigo la ha condenado por un delito leve de daños, aunque todo lo que rompió también le pertenecía.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Badajoz ha condenado a un hombre de 74 años a 72 años de prisión por delitos de agresión sexual, corrupción de menores y coacciones cometidos contra una decena de chicas menores de 16 años. Según la sentencia, se aprovechó de «las condiciones sociales de marginalidad de las menores, de sus necesidades económicas, de su problemática familiar», les hacía regalos y recargas de móvil y las intimidaba con denunciarlas por robos.

La Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Mérida ha dictado Sentencia de 16 de septiembre de 2026 por la que estima íntegramente la demanda interpuesta por nuestro Despacho, declara resuelto el contrato de compraventa de un vehículo por ejercicio de la acción redhibitoria y condena a la parte vendedora a restituir 3.328,03 euros, con imposición de costas.

Desde el 5 de enero de 2022, fecha en que entró en vigor la Ley 17/2021, los animales han dejado de ser considerados «cosas» por nuestro ordenamiento jurídico. El Código Civil los define ahora como seres vivos dotados de sensibilidad, y solo se les aplican las normas propias de los bienes en la medida en que sean compatibles con su naturaleza y con las disposiciones que los protegen (artículo 333 bis del Código Civil).

El 18 de agosto de 2025, un incendio en la margen derecha del Guadiana, a la altura del Puente Real de Badajoz, obligó a desalojar el tanatorio cercano y a cortar el tráfico del puente. La Policía Local detuvo en el lugar a un hombre de 33 años, que ingresó en prisión provisional. El caso ha terminado con una condena de cinco años de prisión tras un acuerdo de conformidad, cuando la Fiscalía pedía inicialmente catorce años.

Imagine que sufre un accidente de tráfico, que la policía le somete a una prueba de alcoholemia y que usted es una persona sorda. No hay ningún intérprete de lengua de signos y los agentes se comunican con usted mediante gestos, notas escritas y frases tecleadas en la pantalla de un ordenador. ¿Vale esa prueba? La Audiencia Provincial de Gipuzkoa, en su Sentencia nº 78/2023, de 31 de marzo (Sección 3ª, rec. 3005/2022) acaba de responder que sí, con un razonamiento que interesa mucho más allá del caso concreto.

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