El Tribunal Supremo, en sentencia de 2 de julio, ha resuelto un caso muy llamativo: un hombre mató a su hermana, pero acabará cobrando el seguro de vida del que era beneficiario.

En el proceso penal, se le aplicó una eximente completa por enajenación mental(art. 20.1.º del Código Penal), lo que significa que el tribunal entendió que no era consciente de sus actos ni de sus consecuencias. Por tanto, fue declarado inimputable y absuelto.

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