EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA INDEMNIZA CON 1.000 EUROS A UN TRABAJADOR POR VULNERAR SU DERECHO A LA DESCONEXIÓN DIGITAL Y PROTECCIÓN DE DATOS. STSJ GAL 1944/2024, 4 DE MARZO DE 2024.
HECHOS
El trabajador presentó escrito por correo electrónico ante la empresa solicitando que se haga efectiva su desconexión digital , y para ello, hizo constar su voluntad de que nadie en la empresa realice ningún tipo de comunicación a su teléfono móvil particular y tampoco al correo electrónico particular, siempre y cuando sea para temas laborales como trabajador de la empresa. Estableciendo que ese tipo de comunicaciones las tendrá que realizar la empresa dentro de su jornada laboral y en su puesto de trabajo.