El artículo 124, apartado 3 del Reglamento de Extranjería donde se prevén los distintos tipos de autorizaciones de residencia temporal en España, recoge los distintos supuestos en los que puede concederse la residencia en España en la modalidad de arraigo familiar.

Existe una modalidad de autorización de residencia por arraigo familiar en la que el padre, madre o tutor de un menor de nacionalidad española puede obtener el permiso de residencia en España. Pero para ello será necesario que se cumpla alguno de estos supuestos:

  • Que el padre, madre o tutor que solicita el permiso tenga a cargo al menor y conviva con él.
  • O, que se encuentre al corriente de sus obligaciones paternofiliales respecto al hijo en cuestión.

El resto de requisitos comunes a las otras modalidades de arraigo familiar son:

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea.
  • Carecer de antecedentes penales en España y los países anteriores de residencia durante los últimos 5 años.
  • No tener prohibida la entrada en España y no encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno.

Este tipo de permiso habilita a residir y trabajar por cuenta propia y ajena durante 5 años.

Pero…¿tarda mucho en resolverse?

El plazo de resolución de la solicitud de residencia por arraigo familiar es de 3 meses, una vez transcurrido sin que haya ningún tipo de respuesta por parte de la Administración, se entiende desestimada por silencio administrativo negativo. Sin embargo, en nuestro despacho hemos tenido multitud de casos en los que se ha resuelto en un mes.

Blog Actualidad Jurídica

¿Qué opinan nuestros clientes?

5 out of 5 stars

Quedé muy satisfecho con su trabajo, respondieron todas mis preguntas y me mantuvieron informado en todo momento sobre el proceso del caso. Los mejores profesionales que podéis encontrar. Lo recomiendo sin dudarlo.

5 out of 5 stars

Gracias por el excelente asesoramiento y por el compromiso durante el procedimiento. No podría haber tenido una mejor experiencia. Muy recomendable

5 out of 5 stars

Gracias Abogado Franco , por su trabajo , estoy muy feliz , para mí el mejor , muchas bendiciones y que sigas siendo esa persona profesional en lo que hace y tener empatía por las demás personas , muchas pero muchas gracias muy agradecida

5 out of 5 stars

Estoy muy contenta con los resultados de este despacho. Gracias a la rapidez y eficaz que son, hoy tengo mi permiso de residencia y trabajo. Muchas gracias. Lo recomiendo, excelente trabajo!

1 out of 5 stars

Acudí a una consulta con Carlos, ¿La primera y última impresión?: No me asesoró bien, la única preocupación era cobrar y que antes de poder darme su opinión sobre si era viable o no mi caso necesitaba que adelantase el 50% y además, en su forma de hablar, había mucho nerviosismo, no controlaba del tema. Asi que finalmente, he decidido ir a otro despacho, en el cuál me han atendido de una forma realmente profesional. Las mayoría de personas cuando necesitamos el servicio de un abogado como tal, esperamos en primer lugar que se pueda hablar de la situación y como poder abordarla... En otras palabras, asesoramiento de CALIDAD.

Franco&Romero con el Deporte

We use cookies

Usamos cookies en nuestro sitio web. Algunas de ellas son esenciales para el funcionamiento del sitio, mientras que otras nos ayudan a mejorar el sitio web y también la experiencia del usuario (cookies de rastreo). Puedes decidir por ti mismo si quieres permitir el uso de las cookies. Ten en cuenta que si las rechazas, puede que no puedas usar todas las funcionalidades del sitio web.