HECHOS

Una mujer se somete a la vacunaci贸n, con la vacuna Janssen, en la pandemia del Covid- 19 , lo que le causa una trombosis arterial, motivo por el cual decide interponer una reclamaci贸n ante el Servicio Extreme帽o de Salud, reclamaci贸n que es denegada mediante resoluci贸n, por lo que decide recurrir la misma ante el Juzgado.

La Junta de Extremadura alega que hab铆an transcurrido 56 d铆as desde que se produjo la vacunaci贸n hasta el ingreso, y que no exist铆a vinculaci贸n entre las dolencias y secuelas padecidas y la vacunaci贸n, pues la demandante contaba con antecedentes familiares. Adem谩s, alegaba que la Administraci贸n p煤blica no es una aseguradora universal, pues lo relevante no es el resultado, sino que preste la atenci贸n m茅dica correcta.

SENTENCIA DEL TSJ DE EXTREMADURA N潞 293/2024

Establece que el contenido del propio informe de la Inspecci贸n M茅dica afirma la vinculaci贸n entre la vacunaci贸n y las dolencias padecidas, informes que adem谩s contradicen la tesis de antecedentes familiares, y, de otro lado, establece que se trata desecuelas que vienen establecidas como no probables pero posibles con la administraci贸n de la vacuna.Dando lugar una responsabilidad patrimonial por riesgo al estar prevista esa secuela.

La sentencia aplica el principio de solidaridad: existe responsabilidad patrimonial de la administraci贸n p煤blica por normal funcionamiento de la misma en los da帽os causados. Como la vacunaci贸n frente al Covid persegu铆a objetivos de salud p煤blica, y por tanto proteger a la sociedad, es 茅sta la que debe afrontar las consecuencias econ贸micas de las lesiones sufridas. Adem谩s, la Administraci贸n aconsej贸 de una manera un tanto forzada a la poblaci贸n a que llevase a cabo su vacunaci贸n.

INDEMNIZACI脫N

Condenando a que la Administraci贸n P煤blica, el Servicio Extreme帽o de Salud en este caso, a que indemnice a la mujer en la cantidad de 40.000 euros, con los intereses legales desde el momento de la reclamaci贸n.

Pues la mujer, ha precisado tres intervenciones quir煤rgicas y ha necesitado 526 d铆as para alcanzar la estabilidad cl铆nica, qued谩ndole entre otras secuelas la p茅rdida de calidad de vida de car谩cter leve al tener que estar sometida a una dieta de por vida.

Para que la persona afectada reciba la indemnizaci贸n, son necesarios algunos requisitos como lesiones de cierta importancia, cuya existencia, aunque pudiera ser poco probable, fuese previsible y posible. En este caso aparec铆a en la Agencia de Espa帽ola del Medicamento la posibilidad de sufrir una trombosis. Responsabilidad regulada en el art铆culo 33.2 de la Ley 40/2015.

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