Nuestro cliente, fue sancionado por la Administración, por incumplir el horario de cierre del establecimiento en cuestión.

Interpuestas las reclamaciones previas a la Administración, por el Letrado de FRANCO&ROMERO ABOGADOS, CARLOS FRANCO DOMÍNGUEZ, se interpuso demanda al Juzgado de lo Contencioso Administrativo, que estimó nuestra demanda, en base a la tesis mantenida por esta parte, ya que se negaron los hechos y se puso de manifiesto que la Administración, no acordó como prueba, la ratificación del acta de denuncia.

La falta de ratificación del acta de denuncia, supone, la nulidad de una sanción basada en un acta de denuncia respecto de la cual no existe ratificación.

SENTENCIA JUDICIAL DEL INCUMPLIMIENTO DE HORARIO DE CIERRE

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